REGLAMENTO PARA LA ENTREGA DE CANASTONES
COMISIÓN DE
ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO DEL CANASTON
Con el objeto de beneficiar a sus
afiliados con el tradicional “CANASTON
NAVIDEÑO”, se ha creado el presente reglamento, que será de plena vigencia
a partir del día de su aprobación, para todos los colegiados al “COLEGIO DE ARQUITECTOS QUILLACOLLO”.
Art. 1.- FINES y OBJETIVOS.-
Lograr la participación activa de
los afiliados:
·
En la toma de decisiones para el desenvolvimiento institucional.
·
En el control y seguimiento de la administración
del Colegio.
·
Reconocer la dedicación de tiempo de sus
afiliados y directivos, en bien de su Institución.
·
El presente reglamento normara el derecho de
recepción del canaston navideño del Colegio de Arquitectos Quillacollo.
·
Todo miembro de número del CAQ tiene
derecho al canaston navideño siempre y cuando cumpla con las obligaciones que a
continuación se detallan:
Art. 2.- REQUISITOS.-
2.1.- Institucionales
a)
Ser miembro de número que resida y/o ejerza la
profesión en la Provincia de Quillacollo.
b)
Tener una antigüedad mínima de seis meses en el C.A.Q.;
es decir estar inscrito hasta el treinta de junio de cada año.
c)
Tener una asistencia mínima de un (60%) a las Asambleas Convocadas por el C.A.Q. (Ordinarias y/o
Extraordinarias).
d)
Haber votado y concurrido para la formación de los
órganos de gobierno que convoque el C.A.B., C.A.C. y C.A.Q. en un 100%
e)
Asistir personalmente para recibir el canastón
navideño.
f)
Los miembros de Directorio que tengan una actividad
permanente en las funciones para las que fueron elegidos, gozaran
automáticamente de este beneficio. Previo informe de participación.
g)
La participación de los afiliados en Comisiones de Trabajo
definidas en asambleas, tendrá un reconocimiento de 20%, para el cómputo final.
h)
El Directorio podrá reconocer la cooperación, apoyo y
participación de algunos afiliados, asignándoles un 20% de puntuación, hecho
que deberá ser informado y justificado en Asamblea.
La
ponderación de estos requisitos, se realizara considerando la asistencia a las asambleas,
trabajo de Comisiones y sufragios desarrollados entre el 1º de enero y el
ultimo día del mes de noviembre, de cada año.
La
presentación de escusas o justificativos para cualquier inasistencia a las
actividades computables, deben hacerse por escrito, con los respaldos
documentados y con anterioridad al desarrollo de la misma.
2.2.- Legales
i)
Para el cumplimiento a este principio de obligación
del colegiado, el Directorio del C.A.Q.,
deberá registrar la participación de sus afiliados en un “Libro de Asistencias”
destinado exclusivamente para Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, cuyo
registro se realizara por secretaría, al ingreso y salida de las mencionadas
reuniones, el mismo que servirá como control de asistencia del colegiado, en
concordancia al inc. d) del Art. 2 del presente reglamento.
j)
El Libro de asistencia se habilitara a la hora indicada
para el inicio de la asamblea y se retirará media hora después, volviendo a
habilitarse una vez concluida la misma. El registro único, del ingreso o la salida,
se considerará como 50% de su asistencia.
k)
Para la asignación del beneficio por participación en
una comisión de trabajo, toda Comisión conformada deberá emitir un informe de participación de
cada uno de sus miembros.
2.3.- Económicos
l)
Tener las cuotas al día, hasta el último día hábil del
mes de noviembre.
m)
No tener deudas pendientes con el C.A.Q., como
consecuencia de viajes y/o manejos económicos, con descargos hasta el último
día hábil del mes de noviembre.
n)
El costo unitario de los canastones no deberá exceder
del equivalente a 12 cuotas ordinarias.
Art. 3.- OBLIGACIONES DEL DIRECTORIO DEL C.A.Q.:
o)
El directorio contemplará un techo presupuestario para
el ítem “Canastones” de acuerdo a una proyección histórica de los beneficiarios
del Colegio de Arquitectos Quillacollo.
p)
Publicar la nomina de arquitectos habilitados que
recibirán el canaston navideño, hasta el tercer día hábil del mes de diciembre.
q)
Cumplir y hacer cumplir el siguiente reglamento.
Art. 4.- TRANSITORIO Y COMPLEMENTARIO.- Para fines del presente
reglamento se establece el presente artículo bajo las siguientes condiciones:
a)
El presente reglamento será sujeto a modificaciones y/o
complementaciones, previa consideración y aprobación de la Asamblea General.
EL PRESENTE
REGLAMENTO ES SOCIALIZADO, DEBATIDO Y APROBADO EN SU INTEGRIDAD EN ASAMBLEA
EXTRAORDINARIA DE FECHA DIEZ Y OCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE A HRS.
21:50.
MIEMBROS DE LA COMISION DE CANASTONES
Nombrados en Asamblea General
Extraordinaria de fecha catorce de diciembre del año dos mil diez.- Por la
comisión: Arq. Carlos Corrales Villarroel, Arq. Orlando René Bustamante Alave; Arq.
José Vittorio Valdez Rocha; Arq. Milton Egberto Soria Riva; Arq. Jimy Alejandro
Tordoya Alcocer; Arq. María del Carmen
Luizaga Saravia; Arq. Lidia Elvira Troncoso Mendizábal.
NOTA: Las modificaciones y
complementaciones realizadas al presente reglamento fueron aprobadas en la 1ª
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE QUILLACOLLO (Gestión
2013).
____________________________________________________________________
REFERENCIAS
1 Estatuto Orgánico Art. 9 inc. a) Miembros de
numero, son los Arquitectos que se hallan inscritos en el Registro Nacional de
Arquitectos de Bolivia, asociado al CAQ.
Que residen y/o ejercen en la jurisdicción de la provincia de
Quillacollo.
2 Estatuto Orgánico ART. 11 inc. d) Pagar oportunamente
las obligaciones económicas que determine el Colegio de Arquitectos de Bolivia
y de Quillacollo para el sostenimiento de sus actividades institucionales…
3 Estatuto Orgánico Art 11 inc. d), e) y f)
5 Estatuto Orgánico Art. 9 inc. a)
6 Estatuto Orgánico Art. 10 inc. c) y d)
7 Estatuto Orgánico Art. 11 inc. b)
8 Estatuto Orgánico Art 11 inc. e) y f)
DIRECTORIO GESTIÓN 2012 – 2013
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